jueves, 28 de abril de 2016

Campaña Renta 2015



Desde Asredcomercial , te ayudamos a preparar tu declaración de la renta . 

A tener en cuenta las nuevas deducciones

Consultanos 


viernes, 5 de febrero de 2016

Módulos 2016


    Estamos en un momento en que muchas de las actividades que estaban en módulos en 2015, para este 2016 dejan de estarlo, como ya habíamos indicado en un post anterior . Afecta a unos 28.000 contribuyentes en España y concretamente en Gijon y Oviedo a unos 728.



Las actividades que pasan a tributar por el sistema de Estimación Directa Simplificada son las siguientes :


IAE                           ACTIVIDAD ECONÓMICA                            

314 y 315         Carpintería metálica y fabricación de estructuras               
                         metálicas y calderería.
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316.2, 3, 4 y 9  Fabricación de artículos de ferretería, cerrajería,  
                         tonelería, derivados del alambre, menaje y otros 
                         artículos en metales n.c.o.p.
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453                   Confección en serie de prendas de vestir y sus                       
                         complementos, excepto cuando su ejecución se realice
                         mayoritariamente por encargo a terceros
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453                 Confección en serie de prendas de vestir y sus                        
                       complementos, ejecutada directamente por la propia
                       empresa, cuando se realice exclusivamente para
                       terceros y por encargo
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463                 Fabricación en serie de piezas de carpintería, 
                       parqué y  estructuras de madera para la construcción.
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468                 Industria del mueble de madera. 
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474.1              Impresión de textos o imágenes.    
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501.3             Albañilería y pequeños trabajos de construcción en
                      general.
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504.1            Instalaciones y montajes (excepto fontanería, frío, calor
                      y   acondicionamiento de aire).
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504.2 y3      Instalaciones de fontanería, frío, calor y
                    acondicionamiento de aire.
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504.4, 5, 6,7 y 8
                    Instalación de pararrayos y similares.
                    Montaje e instalación  de cocinas de todo tipo y clase, con
                    todos sus accesorios. 
                    Montaje e instalación de aparatos elevadores de cualquier
                    clase y tipo.
                    Instalaciones telefónicas, telegráficas,telegráficas sin hilos
                    y de televisión, en edificios y construcciones  de cualquier 
                    clase.
                    Montajes metálicos e instalaciones industriales completas,
                    sin vender ni aportar la maquinaria ni los elementos
                    objeto de la instalación o montaje       
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505.1, 2, 3 y 4  Revestimientos, solados y pavimentos y colocación de
                        aislamientos.    
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505.5           Carpintería y cerrajería.  
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505.6       Pintura de cualquier tipo y clase y revestimiento con papel, 
                tejidos o plásticos y terminación y decoración de edificios y 
                locales.
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505.7           Trabajos en yeso y escayola y decoración de edificios y locales.  
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   En definitiva , afecta básicamente a todos aquellos autónomos que se dedican a actividades relacionadas con la construccion (Albañilería,Fontaneria,Carpintería,Electricidad),mas la confección textil y las imprentas.

    Si te ves en esta situación y piensas que pasar a tributar en el régimen de Estimación directa simplificada , no te preocupes por que tu estructura administrativa vaya a ser un caos por estar obligado a llevar libro de ventas , libro de compras y gastos y libro de bienes de inversión. 
Desde nuestra asesoría te ayudamos a tenerlo todo al dia y que este paso no sea traumático. Además tampoco veras muy incrementado tu coste de asesoría actual.
Nuestro sistema de trabajo te permite seguir al pie diario de tu negocio , del resto nos encargamos nosotros.
En definitiva , te ayudamos y colaboramos en tu quehacer diario , ofreciendote  unos servicios
integrales , para que únicamente de preocupes de tus clientes.
    

Para el resto de actividades , y durante el 2016 se sigue estando en módulos , pero si deseas conocernos , ya sabéis que ofrecemos y donde estamos.





jueves, 21 de enero de 2016

Hablemos de la morosidad empresarial



El primer término a conocer es la definición de Morosidad Empresarial , tal y como se define en CEPYME ( Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa ) La Ley 3/2004, de 29 de diciembre, define la “Morosidad en las operaciones comerciales”
como “el incumplimiento de los plazos contractuales o legales de pago” (Art.2). esta es la definición de “morosidad empresarial” que se ha adoptado para el Monitor, en la
vertiente de “plazos legales”, ya que la información disponible no permite conocer los
plazos contractuales a los que los clientes y proveedores determinan sus pagos.


¿CUAL ES EL PLAZO DE PAGO?

  1. Treinta días naturales después de la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios, incluso cuando hubiera recibido la factura o solicitud de pago equivalente con anterioridad.
  1. Si legalmente o en el contrato se ha dispuesto un procedimiento de comprobación de los bienes o los servicios, su duración no podrá exceder de treinta días naturales a contar desde la fecha de recepción de los mismos. En este caso, el plazo de pago será de treinta días después de la fecha de comprobación de los bienes o servicios, incluso aunque la factura o solicitud de pago se recibiese antes de dicha verificación.
  1. Estos plazos podrán ser ampliados por acuerdo entre las partes, sin que se pueda acordar un plazo superior a 60 días naturales.

En principio, el plazo de pago que debe cumplir el deudor será el que se hubiera pactado entre las partes y, en su defecto, será el siguiente:
Podrán agruparse facturas a lo largo de un período determinado no superior a 15 días, mediante una factura comprensiva de todas las entregas realizadas en dicho período, factura resumen periódica, o agrupándolas en un único documento a efectos de facilitar la gestión de su pago, agrupación periódica de facturas, y siempre que se tome como fecha de inicio del cómputo del plazo, la fecha correspondiente a la mitad del período de la factura resumen periódica o de la agrupación periódica de facturas de que se trate, según el caso, y el plazo de pago no supere los 60 días naturales desde esa fecha.
















       Analizando el plazo legal de pago, salvo pacto en contrario entre las partes vemos que todos los sectores van muy por encima , a pesar de las importantes bajadas desde 2010. 

  Para combatir esta morosidad disponemos de varias alternativas :
1) Contratar un Seguro de Riesgo. El coste va en función de la cantidad que queramos asegurar , y en función a los expedientes que tramitemos. Ademas tiene un coste adicional sobre el numero de clientes que tengamos asegurados en cartera , tanto al inicio como sus renovaciones anuales. Si disponemos de una cartera muy amplia de clientes , el desembolso inicial es elevado. Tiene como ventaja que las operaciones efectuadas y aseguradas tienen garantía de cobro , si se cumplen todas las premisas pactadas con la compañía. Como principal desventaja esta que actualmente las compañías aseguradoras limitan mucho la cobertura a los nuevos clientes que aportemos y a los actuales se les practican notables reducciones en sus riesgos , lo cual afecta negativamente en la estabilidad de las ventas.
2) No contratar un Seguro de Riesgo y trabajar de contado con los clientes. Esta es sin duda la mejor medida para combatir la morosidad , pero en este mercado actual , se nos antoja un tanto complicada atendiendo al tipo de cliente,sector , costes de las operaciones , etc.
3) Externalizar la gestión de cobro. Actualmente es una de las medidas adoptadas por la mayoría de las empresas. Consiste en la contratación de una empresa de gestión de cobros .
Estas empresas tienen unas tarifas especificas en base la antigüedad de la deuda , numero de expedientes contratados , gestion de cartera al vencimiento de los plazos de pago pactados con el cliente , Medidas disuasorias en factura. La principal ventaja que tiene este tipo de servicios es la no pérdida de tiempo por parte del departamento comercial y financiero de la empresa ,
ya que de esto se encargan los gestores de cobro de la empresa contratada. Si hacemos números entre el coste de contratar un compañía de seguro y una empresa de gestión de cobros , observaremos que hoy en dia es mucho mas rentable la empresa de gestion de cobros , ya que el coste va a ir en función de los recobros que tengamos y nuestros comerciales se van a dedicar a lo que realmente saben hacer : VENDER.

      
          Desde nuestra asesoría, te asesoramos en estos apartados ya que contamos con la colaboración de una de las empresas mas serias y competentes en materia de gestión de cobros : Grupo Intercobros , de Gijón, Asturias. Esta empresa tiene múltiples modalidades de gestión de cobro , adaptables a las necesidades de cada cliente. La opción mas básica le costaría a la empresa contratante menos de 1 € al dia, 

y con una plataforma on-line que nos permite ver la evolución de todos nuestros expedientes .

Todo esto lo puedes consultar  en nuestra web www.asredcomercial.net  , 

y con mayor profundidad en la web de Grupo Intercobros www.grupointercobros.com




Puedes consultar todos los datos de en el BOLETÍN DE MOROSIDAD Y FINANCIACIÓN EMPRESARIAL de Diciembre de 2015 en el siguiente enlace : http://www.ipyme.org/Publicaciones/BoletinMorosidad-N7.pdf



miércoles, 13 de enero de 2016

TIPO REDUCIDO EN REFORMAS DE VIVIENDAS


Buenos días

Hoy os quiero comentar un tema muy interesante y prácticamente desconocido para todos los particulares y Comunidades de Propietarios . Se trata del IVA reducido para las obras de rehabilitación en viviendas.

Tal y como indica el art. 2 del Real Decreto-ley 6/2010 de 9 de abril , de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo ( BOE de 13 de abril de 2010) que reforma la normativa del IVA , permitiendo la aplicación del tipo impositivo reducido para todo tipo de obras de renovación y reparación de la vivienda y derogado por el Real Decreto Ley 20/2012 de 13 de julio ( BOE de 14 de julio de 2012) , el tipo de iva reducido se continua aplicando a ejecuciones de obra de "reparación y conservación" ( Y en principio , con vigencia indefinida, según ha quedado de manifiesto en la reforma fiscal para 2015 )

Todo esto quiere decir , en resumidas cuentas , que si hacemos una reforma en nuestra vivienda o Comunidad y se cumplen unos parámetros , se pueden aplicar el tipo de iva del 
10 % , en vez del 21% , lo que supone para los consumidores un importante ahorro .

Los requisitos que se deben de cumplir son :

  1. La vivienda debe ser utilizada para uso particular por la persona que contrate la obra.
  2. Este tipo reducido de IVA es aplicable a las obras realizadas por las Comunidades de Propietarios.
  3. El coste de los materiales aportados por la empresa de reformas ha de ser como máximo el 40% de total de la obra.
  4. Deben de haber pasado al menos dos años desde que la vivienda en la que se realicen los trabajos fue construida o rehabilitada.
Para acreditar que el cliente cumple con estos requisitos, la empresa de reformas debe solicitar del mismo una declaración escrita en la que certifiquen que usan la vivienda para uso particular y que la construcción o rehabilitación de la misma finalizó al menos dos años antes del inicio de los trabajos contratados.



Nos puedes consultar sobre esta materia en nuestra asesoría comercial , en Gijón , C/Nicaragua 19.

Espero os resulte de interés si estais pensando realizar una reforma en vuestro hogar o comunidad. Ademas contáis con el asesoramiento de nuestros colaboradores profesionales , en cuento a Albañilería,Fontanería,Electricidad,Pintura,Carpintería,etc que podáis necesitar para vuestras reformas.





viernes, 11 de diciembre de 2015

"Hacer felices a los clientes desde el minuto uno "



Consejo de Paul Grahan , fundador de la incubadora :

"Hacer felices a los clientes desde el minuto uno "




Eso debería estar claro... ¿no? Se soluciona un problema del cliente por el que está dispuesto a pagar un precio razonable para su forma de pensar y, por tanto, se siente bien. Según Graham las startups no lo tienen claro.

"Primero porque muchos son ingenieros que no saben mucho de atención al cliente. Segundo porque no se vuelcan en hablar con sus primeros clientes y pulir al máximo sus productos a partir del feedback. Un feedback personal, no digital. Y en tercer lugar porque lo más habitual es que nunca les hayan prestado a ellos nunca ese nivel de atención a ellos como clientes y, claro, no están acostumbrados", reflexiona.

En Asredcomercial atendemos así a nuestros clientes, y con las sinergias propuestas , confiarás y te sentirás plenamente identificado con nosotros , ya que el objetivo común es la satisfacción de ambas partes , Tu ganas Yo gano , y en definitiva , y como contrapartida tu cliente final




jueves, 10 de diciembre de 2015

Quieres emprender en 2016 : "todo lo que necesitas saber"



Según los datos estadísticos obtenidos de la Plataforma Circe , el alta telemática de sociedades  y empresarios individuales  , desde el año 2003 , representan un total de 
93.000 empresas


Distribución de empresas por año y tipo de sociedad 







AÑO SLNE
SRL
Emp. Individuales
Total
2003 115 100,00% 0
0
115 0,12%
2004 538 100,00% 0
0
538 0,58%
2005 629 100,00% 0
0
629 0,67%
2006 1.111 100,00% 0
0
1.111 1,19%
2007 1.114 87,17% 164 12,83% 0
1.278 1,37%
2008 832 59,22% 573 40,78% 0
1.405 1,50%
2009 582 45,72% 691 54,28% 0
1.273 1,36%
2010 463 16,49% 1.178 41,97% 1.166 41,54% 2.807 3,00%
2011 307 4,62% 2.094 31,48% 4.250 63,90% 6.651 7,12%
2012 178 1,80% 3.164 32,02% 6.538 66,17% 9.880 10,57%
2013 127 0,78% 4.748 29,32% 11.320 69,90% 16.195 17,33%
2014 85 0,35% 6.703 27,48% 17.603 72,17% 24.391 26,10%
2015 42 0,15% 7.208 26,53% 19.917 73,31% 27.167 29,07%









Totales 6.123
26.523
60.794
93.440


   Si observamos la tabla , y desde el año 2010 , se experimenta un notable incremento en empresarios individuales , llegando a representar casi el 75% de las altas telemáticas.

y representando los años 2014 y lo que llevamos de 2015 casi el 60 % de las altas de estos 12 años de funcionamiento.

Pues bien ,  extrapolando a Asturias , que es lo que nos interesa , y comparándonos con el resto de comunidades autónomas , nos da unos resultados altamente preocupantes 

En alta de Sociedades Limitadas , estamos a la cola de España , solo superamos a Baleares y La Rioja.

Lo mismo sucede , con las Sociedades Limitadas Nueva Empresa ( SLNE) , donde superamos a Aragón,Cantabria,Castilla la Mancha , Extremadura , Baleares y La Rioja.

No queremos , ni podremos nunca , compararnos a Madrid,Cataluña y Andalucía , ya que su población es muy superior a la nuestra. Pero si tendríamos que analizar como lo han conseguido Comunidad Valenciana y Gallega. 


No queremos decir que en las comunidades que están por encima nuestro sean ni mejores ni peores que Asturias, solo dejar entrever que aquí en Asturias , seguramente no disponemos de los medios , ni de la información suficiente para hacer llegar a los emprendedores las posibles formulas para iniciar su actividad profesional. 

   Es ahí donde nos deberíamos proponer los centros PAE y sobre todo los privados ,en ofrecer toda esa información que a los nuevos emprendedores no les llega, salvo a través de los centros públicos.

   Concretando y solamente en Gijón hay a dia de hoy 27 centros ( 3 públicos y 24 privados).
Los públicos han tramitado 12 de las 17 sociedades creadas en 2015 en Gijón y 137 de los 153 autónomos.

   Este dato me hace llegar a la siguiente reflexión , a mí que también soy emprendedor , desde abril de 2015, que desde esa fecha soy centro PAE, que estoy en La Calzada y llevo practicadas dos altas telemáticas : 

" ¿ Sera que no estamos trasmitiendo a los emprendedores una de las premisas de los centros PAE ? "

"Tramitación para la constitución de empresas mediante el sistema de tramitación telemática desarrollado por la Dirección General de Industria y de la PYME, utilizando el Documento Único Electrónico (DUE). Este servicio deberá prestarse con carácter obligatorio y gratuito.
 Los servicios no comprendidos en este apartado  podrán prestarse con carácter gratuito o lucrativo, previa información suficiente al emprendedor."


   "Quiero pensar , mas bien , que se trata sobre todo de desconocimiento o falta de información del propio emprendedor , que podría pensar que este servicio en los centros privados no es gratuito , y nada mas lejos de la realidad"

  Aquí lo dejo planteado y podéis consultar en el enlace siguiente de nuestra pagina web:


Os esperamos en Asredcomercial , para que estas cifras seamos entre todos capaces de subirlas en el proximo 2016.

También os dejo los cuadros comparativos.













EMPRESARIOS INDIVIDUALES CONSTITUIDOS POR PROCEDIMIENTO TELEMÁTICO 











COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSTITUIDOS


ANDALUCIA 19.249 31,65%

ARAGON 1.804 2,97%

ASTURIAS 1.165 1,92%

CANARIAS 5.677 9,34%

CANTABRIA 1.402 2,31%

CASTILLA LA MANCHA 2.545 4,19%

CASTILLA Y LEON 2.376 3,91%

CATALUÑA 4.058 6,67%

CEUTA 4 0,01%

COMUNIDAD VALENCIANA 5.134 8,44%

EXTREMADURA 2.381 3,92%

GALICIA 1.104 1,82%

ISLAS BALEARES 348 0,57%

LA RIOJA 481 0,79%

MADRID 11.531 18,96%

MELILLA 58 0,10%

MURCIA 1.271 2,09%

PAIS VASCO 222 0,37%






Totales 60.810











Sociedad de Responsabilidad Limitada - SRL    
COMUNIDAD AUTÓNOMA EMPRESAS CONSTITUIDAS
ANDALUCIA 3867 14,58%
ARAGON 377 1,42%
ASTURIAS 253 0,95%
CANARIAS 341 1,29%
CANTABRIA 297 1,12%
CASTILLA LA MANCHA 1018 3,84%
CASTILLA Y LEON 893 3,37%
CATALUÑA 4422 16,67%
COMUNIDAD VALENCIANA 2297 8,66%
EXTREMADURA 275 1,04%
GALICIA 1401 5,28%
ISLAS BALEARES 103 0,39%
LA RIOJA 181 0,68%
MADRID 9693 36,55%
MURCIA 704 2,65%
PAIS VASCO 401
Totales 26523







Sociedad Limitada de Nueva Empresa - SLNE
COMUNIDAD AUTÓNOMA EMPRESAS CONSTITUIDAS

ANDALUCIA 743 12,13%
ARAGON 64 1,05%
ASTURIAS 127 2,07%
CANARIAS 455 7,43%
CANTABRIA 4 0,07%
CASTILLA LA MANCHA 117 1,91%
CASTILLA Y LEON 358 5,85%
CATALUÑA 610 9,96%
COMUNIDAD VALENCIANA 574 9,37%
EXTREMADURA 43 0,70%
GALICIA 1039 16,97%
ISLAS BALEARES 16 0,26%
LA RIOJA 66 1,08%
MADRID 1659 27,09%
MURCIA 248 4,05%
Totales 6123