Buenos días
Hoy os quiero comentar un tema muy interesante y prácticamente desconocido para todos los particulares y Comunidades de Propietarios . Se trata del IVA reducido para las obras de rehabilitación en viviendas.
Tal y como indica el art. 2 del Real Decreto-ley 6/2010 de 9 de abril , de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo ( BOE de 13 de abril de 2010) que reforma la normativa del IVA , permitiendo la aplicación del tipo impositivo reducido para todo tipo de obras de renovación y reparación de la vivienda y derogado por el Real Decreto Ley 20/2012 de 13 de julio ( BOE de 14 de julio de 2012) , el tipo de iva reducido se continua aplicando a ejecuciones de obra de "reparación y conservación" ( Y en principio , con vigencia indefinida, según ha quedado de manifiesto en la reforma fiscal para 2015 )
Todo esto quiere decir , en resumidas cuentas , que si hacemos una reforma en nuestra vivienda o Comunidad y se cumplen unos parámetros , se pueden aplicar el tipo de iva del
10 % , en vez del 21% , lo que supone para los consumidores un importante ahorro .
Los requisitos que se deben de cumplir son :
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